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martes, 14 de agosto de 2012

Comisiones aprueban ley para garantizar derechos a discapacitados

Agencia MANL
Toluca, Méx.- Garantizar y proteger el goce y la inclusión social de las personas con discapacidad, dentro de un marco de igualdad, respeto y equiparación de oportunidades, para su plena integración social y favorecer su desarrollo en todos los ámbitos de la vida, es el objetivo de la Ley para la Protección Integral y Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Estado de México, aprobada por unanimidad en comisiones.

El dictamen, que conjunta las iniciativas del diputado Víctor Manuel González García (PANAL), Carlos Sánchez Sánchez (PT) y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, contribuirá a alinear la legislación estatal con las disposiciones generales y las internacionales en la materia, a fin de contar con un marco legal que garantice los derechos de las personas con discapacidad.

La Ley, para el cumplimento de sus objetivos, crea el Instituto Mexiquense para la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios; sectorizado a la Secretaría de Salud, el cual diseñará la política pública en materia de discapacidad para el estado y municipios, promoverá la difusión, reconocimiento y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad y la cultura de la denuncia ciudadana ante las autoridades competentes.

El Instituto garantizará los derechos de las personas con discapacidad en todos los ámbitos a través de la adopción de medidas, implementación de acciones y convenios de colaboración interinstitucional para asegurar los servidos de salud y educación en la que se incluye la especial que tiene como propósito la atención de necesidades educativas que comprenden: dificultades severas de aprendizaje, comportamiento, emocionales, discapacidad múltiple y severa, así como aptitudes sobresalientes para que las personas tengan un desempeño académico equitativo, evitando así la desatención, deserción, rezago o discriminación.

Establece el derecho al empleo, orientación y rehabilitación ocupacional; el desarrollo social; el libre desplazamiento; disfrutar y beneficiarse equitativamente de las actividades deportivas, culturas y recreativas; a recibir un trato digno y apropiado en los procedimientos administrativos y judiciales en que sean parte; libertad de expresión y opinión; así como el derecho a recabar, recibir y que se facilite información mediante cualquier forma de comunicación que propicie una participación e integración en igualdad de condiciones que el resto de la población.

Además, plantea mecanismos para detectar y evaluar la condición de discapacidad, a través del Registro Estatal de Discapacidad, cuya actualización dependerá de la Secretaría de Salud y el DIFEM, que emitirán un informe sobre los diversos aspectos de las limitaciones de las personas con discapacidad, su personalidad y entorno familiar.

También, la Ley crea el Sistema Estatal para al Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad; el cual coordinará y dará seguimiento continuo a los programas, acciones y mecanismos interinstitucionales públicos y privados, que permitan la ejecución de las políticas públicas para la protección de las personas con discapacidad.

Entre sus objetivos se encuentra difundir los derechos de las personas con discapacidad; promover entre los poderes públicos y la sociedad civil acciones dirigidas a mejorar su condición y que en las políticas públicas, programas y acciones se impulse la toma de conciencia respecto de las capacidades, habilidades, aptitudes, méritos y aportaciones de las personas con discapacidad.

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