"Inconstitucional" la iniciativa del Tribunal Superior de Justicia: Gaviño Ambriz - Cronista en la Legislatura

Cronista en la Legislatura

Informa y Describe Hechos

Más Noticias

jueves, 24 de octubre de 2013

"Inconstitucional" la iniciativa del Tribunal Superior de Justicia: Gaviño Ambriz

Agencia MANL

México, D.F..- La iniciativa que presento ante la ALDF el Tribunal Superior de Justicia resulta inconstitucional, afirmó Jorge Gaviño Ambriz, diputado local del Partido Nueva Alianza en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

El Artículo 5 de la iniciativa en comento, dijo, pretende crear un capítulo sobre los menores de 12 años de edad, sujetando a éstos a “tutela judicial”, a través de un Juez de lo Familiar, (lo que resulta incongruente ya que no pueden ser nombrados tutores o curadores las personas que se desempeñan en el Juzgado de lo Familiar y las que integren los Consejos Locales de Tutelas). 

Por lo anterior, señaló, el Juez de lo Familiar, determinaría si existe riesgo, y podría a su arbitrio, dejarlos a cargo (recluidos o internados) en Instituciones de Asistencia tanto del sector público como del privado.


Gaviño Ambriz, destacó que el Tribunal Superior de Justicia del DF, solo tiene facultad para iniciar leyes orgánicas y para el funcionamiento de la administración de justicia, por lo que no tendría facultades para iniciar un procedimiento legislativo en la materia que nos ocupa y mucho menos, como pretende, con adolescentes menores de 12 años.

Reiteró que se trata de normas sustantivas que rebasan sus facultades de iniciativa; en el caso de estos menores, no se puede aplicar el sistema integral de justicia que prevé el artículo 18 de la Constitución ya que expresamente la propia carta magna acota a estos menores entre los que tengan 12 años cumplidos hasta los 18.

Todo lo anterior resulta claramente inconstitucional, toda vez que de acuerdo con el artículo 18 de la Constitución, los niños menores de doce años no están incluidos en el sistema de justicia para adolescentes. Al respecto, en el párrafo cuarto de dicho precepto se establece que:

Las personas menores de doce años que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, solo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social.

En consecuencia, ese segmento de niños está fuera del sistema de justicia para niños y adolescentes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Post Bottom Ad

Responsive Ads Here

Pages